En CFDI 4.0 cada concepto de la factura lleva el campo ObjetoImp (objeto de impuesto). Indica si ese producto o servicio está sujeto a impuestos indirectos (IVA e IEPS) y si en la factura se desglosan. Parece un detalle técnico, pero un ObjetoImp mal elegido es causa frecuente de rechazos al timbrar y de IVA mal declarado.
Las claves principales
| Clave | Significado | Cuándo se usa |
|---|---|---|
| 01 | No objeto de impuesto | La operación no está dentro de la Ley del IVA: por ejemplo, ciertos cobros que no son una enajenación, servicio o renta (como algunos reembolsos de gastos o el concepto del complemento de pago) |
| 02 | Sí objeto de impuesto | La gran mayoría de las ventas: productos y servicios gravados al 16 %, 8 %, 0 % o exentos |
| 03 | Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose | Casos en que la ley permite no desglosar el impuesto en el comprobante |
| 04 | Sí objeto del impuesto y no causa impuesto | Operaciones que son objeto del impuesto pero que, por una disposición específica, no lo causan |
El catálogo tiene claves adicionales para supuestos muy específicos. En una pyme, casi todos los conceptos llevan 02.
Exento, tasa 0 % y no objeto no son lo mismo
Es la confusión más común, y las tres se reflejan diferente en el XML:
- Tasa 0 %: el producto sí es objeto del IVA, pero a tasa cero (por ejemplo, la mayoría de los alimentos básicos y medicinas de patente). ObjetoImp 02, con un traslado de IVA a tasa 0.000000.
- Exento: el producto sí es objeto del IVA, pero la ley lo exenta (por ejemplo, la venta de casa habitación o servicios educativos con validez oficial). ObjetoImp 02, con un traslado de IVA con tipo de factor "Exento" y sin importe.
- No objeto: la operación no está en el ámbito de la ley. ObjetoImp 01, sin nodo de impuestos.
La diferencia importa para tu cliente y para ti: los actos a tasa 0 % y exentos se reportan distinto en la declaración de IVA y afectan la proporción de IVA acreditable.
La regla que valida el PAC
El PAC revisa que el ObjetoImp sea coherente con los impuestos del concepto:
- Con 02, el concepto debe traer el nodo de impuestos (traslados, retenciones o ambos).
- Con 01 o 03, el concepto no debe traer ese nodo.
Si marcas 02 y no capturas impuestos, o marcas 01 y sí los capturas, la factura se rechaza. Es uno de los errores que vemos en errores al timbrar.
Casos prácticos
Venta de mercancía con IVA 16 %. 02, traslado IVA 16 %.
Venta en la región fronteriza con estímulo. 02, traslado IVA 8 % (si el emisor cumple los requisitos del estímulo).
Venta de tortillas o leche. 02, traslado IVA tasa 0 %.
Colegiatura de una escuela con validez oficial. 02, IVA exento.
Servicio profesional a una empresa. 02, IVA 16 % y retenciones de ISR e IVA.
Reembolso de un gasto que pagaste por cuenta del cliente. Depende de cómo se documente; revísalo con tu contador antes de usar 01.
El ObjetoImp en notas de crédito y complementos de pago
- Las notas de crédito llevan el mismo tratamiento de impuestos que la factura que ajustan: si la factura era 02 con IVA 16 %, la nota también.
- En el complemento de pago, el concepto del CFDI es fijo y lleva 01; el detalle de impuestos de cada factura pagada va dentro del complemento (ObjetoImpDR).
Cómo lo resuelve RIMO
En RIMO el ObjetoImp y los impuestos se configuran una vez por producto o servicio: gravado al 16 %, 8 %, tasa 0 % o exento, con o sin retenciones. Cada factura, nota de crédito y ticket sale con la combinación correcta, sin que tu equipo tenga que elegir claves al vender.
Este artículo es informativo y se basa en las reglas del SAT vigentes al publicarlo. Las disposiciones cambian con cada Resolución Miscelánea Fiscal: confirma tu caso con tu contador o en sat.gob.mx.
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