Cancelar una factura ya no es solo "darle de baja". Desde 2022 el SAT pide un motivo de cancelación, en muchos casos necesitas que tu cliente acepte, y hay un plazo para hacerlo. Si te equivocas de motivo, puedes terminar con dos facturas vigentes por la misma venta o con una venta que, para el SAT, nunca existió.
Los cuatro motivos de cancelación
| Motivo | Cuándo usarlo | ¿Requiere factura que la sustituya? |
|---|---|---|
| 01 Comprobante emitido con errores con relación | La factura tiene un error (precio, cantidad, método de pago, uso del CFDI) y vas a emitir una nueva que la reemplace | Sí. Primero timbras la nueva y la relacionas con la original (tipo de relación 04, sustitución) |
| 02 Comprobante emitido con errores sin relación | Hay un error, pero no vas a emitir una factura que la sustituya (por ejemplo, datos del receptor mal y la operación se facturará de otra forma) | No |
| 03 No se llevó a cabo la operación | La venta no sucedió: el cliente se arrepintió antes de recibir, o facturaste por anticipado algo que no se concretó | No |
| 04 Operación nominativa relacionada en una factura global | Una venta incluida en la factura global del público en general después se facturó a nombre del cliente | Depende del caso |
El orden importa en el motivo 01
Con el motivo 01 el flujo es: primero timbras la factura correcta indicando que sustituye a la anterior (relación 04 con el UUID original), y después solicitas la cancelación de la original citando el UUID de la que la sustituye. Si cancelas primero, ya no podrás relacionarlas.
¿Cuándo necesito que el cliente acepte la cancelación?
Por regla general, al solicitar la cancelación el SAT avisa a tu cliente en su buzón tributario y él tiene tres días hábiles para aceptar o rechazar. Si no responde, la cancelación se da por aceptada.
No necesitas la aceptación del receptor, entre otros casos, cuando:
- El total de la factura no rebasa $1,000 pesos.
- Cancelas a más tardar el día hábil siguiente a la emisión.
- Se trata de notas de crédito (CFDI de egreso), traslados o nómina.
- La factura está emitida al público en general (factura global) o a residentes en el extranjero (RFC genérico).
Si tu cliente rechaza la cancelación, la factura sigue vigente. Habla con él antes de solicitarla; a nadie le gusta que le cancelen una factura que ya registró en su contabilidad.
¿Hasta cuándo puedo cancelar?
Las facturas se pueden cancelar a más tardar en el mes en que se presenta la declaración anual del ejercicio en que se emitieron. Para personas morales eso es marzo del año siguiente; para personas físicas, abril. Una factura de agosto de 2026 de una persona moral se puede cancelar, a más tardar, en marzo de 2027.
Pasado ese plazo, los errores se corrigen con notas de crédito o con otros mecanismos, no con cancelación.
Cancelar una factura que ya tiene pagos
Si una factura PPD ya tiene complementos de pago relacionados, primero hay que cancelar esos REP y después la factura. Recuerda que desde 2026 los REP siempre requieren aceptación, así que planea con tiempo.
¿Cancelar o hacer una nota de crédito?
No todo error se resuelve cancelando. Si la operación sí ocurrió pero hubo una devolución, un descuento o una bonificación posterior, lo correcto es emitir una nota de crédito y dejar la factura original vigente. La cancelación es para facturas que nunca debieron existir así.
Documenta el motivo
Para el SAT, cancelar una factura de ingreso reduce tus ingresos. Guarda evidencia de por qué cancelaste: el correo del cliente, la devolución de mercancía, la factura que sustituye. En una revisión te la pueden pedir.
Cómo lo resuelve RIMO
En RIMO cancelas desde la factura misma: eliges el motivo de la lista del SAT y, si es 01, indicas la factura que la sustituye. La solicitud se envía ante el SAT sin entrar a su portal, y la cobranza del cliente refleja la cancelación.
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Este artículo es informativo y se basa en las reglas del SAT vigentes al publicarlo. Las disposiciones cambian con cada Resolución Miscelánea Fiscal: confirma tu caso con tu contador o en sat.gob.mx.
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